Causas para la terminación del Contrato Laboral

Según el Articulo 61 del Código Sustantivo del Trabajo, todo contrato de trabajo es susceptible de ser terminado por cualquiera de las partes, por común acuerdo entre ellas, o por el suceso de algunas situaciones contempladas por la ley, como lo son:

  1. Por muerte del trabajador
  2. Por mutuo consentimiento
  3. Por expiración del plazo fi jo pactado
  4. Por terminación de la obra o labor contratada
  5. Por liquidación o clausura defi nitiva de la empresa o establecimiento
  6. Por suspensión de actividades por parte del empleador durante más de ciento veinte (120) días.
  7. Por sentencia ejecutoriada
  8. Por decisión unilateral en los casos de los artículos 7 del D.L. 2351 de 1965, y 6 de esta Ley.
  9. Por no regresar el trabajador a su empleo, al desaparecer las causas de la suspensión del contrato.
Nota: En los casos contemplados en los literales 5) y 6) de este artículo, el empleador deberá solicitar el correspondiente permiso al Ministerio del Trabajo y Seguridad Social e informar por escrito a sus trabajadores de este hecho. El Ministerio del Trabajo y Seguridad Social resolverá lo relacionado con el permiso en un plazo de dos (2) meses. El incumplimiento injustificado de este término hará incurrir al funcionario responsable en causal de mala conducta sancionable con arreglo al régimen disciplinario vigente.


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